- Defensoría del Pueblo presenta demanda de inconstitucionalidad contra decreto legislativo que vulnera el derecho de ACCESO A LA INFORMACIÓN
El pasado 15 de febrero la Defensoría del Pueblo interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra el Artículo 12 del Decreto Legislativo 1129 por considerar que se trata de una norma que “viola el derecho fundamental de acceso a la información pública”.
Como es de conocimiento público, el 7 de diciembre pasado el gobierno
publicó el Decreto Legislativo en cuestión que regula el Sistema de
Seguridad y Defensa Nacional. Su artículo 12 señala que, a partir de su
entrada en vigencia, la opinión pública no podrá conocer ningún tipo de
información relacionada con la Seguridad y la Defensa Nacional.
“Así, este tipo de información es considerada secreta en todos los
casos y sin ningún límite de tiempo, estableciéndose una inaceptable
presunción de secretismo o, lo que es lo mismo, la imposición del
secreto como una regla absoluta, sin excepciones”, dijo el IPYS sobre esta norma en un comunicado emitido a mediados de diciembre de 2012.
La demanda de la Defensoría del Pueblo sustenta sus argumentos en el
principio de máxima transparencia que obliga al Estado a considerar a
toda la información que posee como pública y sólo de manera excepcional
limitar su acceso al conocimiento de las personas. La norma en cuestión
invierte esa regla y considera que cualquier información sobre Seguridad
y Defensa Nacional es secreta sin límite de tiempo e impidiendo que se
evalúe en cada caso, a través de una decisión expresa y debidamente
motivada, si la alegación del secreto se encuentra o no justificado.
Esto es, si con el acceso público a la información se pone en riesgo
serio e inminente la Seguridad y Defensa Nacional.
La Defensoría del Pueblo sustenta su demanda en el reconocimiento de
estos parámetros en los tratados internacionales que reconocen el
derecho de acceso a la información pública, la Constitución, la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, como en una consolidada
jurisprudencia de la Corte Interamericana y el Tribunal Constitucional.
La demanda de inconstitucionalidad también cuestiona la norma por la
forma, ya que considera que el Poder Ejecutivo no se encontraba
facultado para legislar sobre los límites del derecho de acceso a la
información pública, sino únicamente sobre la creación de la Secretaría
de Seguridad y Defensa Nacional y modificaciones orgánicas para adecuar
esta nueva dependencia al Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. Por
lo demás, la Defensoría del Pueblo considera que el Poder Ejecutivo no
se encuentra facultado constitucionalmente para legislar sobre los
límites a los derechos fundamentales como el derecho de acceso a la
información pública.
El IPYS considera oportuno recordar que el secretismo en el ámbito
castrense no sólo vulnera el derecho de acceso a la información pública,
sino que constituye un mecanismo que favorece prácticas de corrupción,
por lo que valora positivamente la demanda de la Defensoría del Pueblo
para que el Tribunal Constitucional expulse la referida norma del
ordenamiento jurídico; y se compromete a apoyarla en las instancias
correspondientes.
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