lunes, 18 de febrero de 2013

El Secreto de Estado vs el Acceso a la Información Pública


- Defensoría del Pueblo presenta demanda de inconstitucionalidad contra decreto legislativo que vulnera el derecho de ACCESO A LA INFORMACIÓN
El pasado 15 de febrero la Defensoría del Pueblo interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra el Artículo 12 del Decreto Legislativo 1129 por considerar que se trata de una norma que “viola el derecho fundamental de acceso a la información pública”.

Como es de conocimiento público, el 7 de diciembre pasado el gobierno publicó el Decreto Legislativo en cuestión que regula el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. Su artículo 12 señala que, a partir de su entrada en vigencia, la opinión pública no podrá conocer  ningún tipo de información relacionada con la Seguridad y la Defensa Nacional.
“Así, este tipo de información es considerada secreta en todos los casos y sin ningún límite de tiempo, estableciéndose una inaceptable presunción de secretismo o, lo que es lo mismo, la imposición del secreto como una regla absoluta, sin excepciones”, dijo el IPYS sobre esta norma en un comunicado emitido a mediados de diciembre de 2012. 
La demanda de la Defensoría del Pueblo sustenta sus argumentos en el principio de máxima transparencia que obliga al Estado a considerar a toda la información que posee como pública y sólo de manera excepcional limitar su acceso al conocimiento de las personas. La norma en cuestión invierte esa regla y considera que cualquier información sobre Seguridad y Defensa Nacional es secreta sin límite de tiempo e impidiendo que se evalúe en cada caso, a través de una decisión expresa y debidamente motivada, si la alegación del secreto se encuentra o no justificado. Esto es, si con el acceso público a la información se pone en riesgo serio e inminente la Seguridad y Defensa Nacional.
La Defensoría del Pueblo sustenta su demanda en el reconocimiento de estos parámetros en los tratados internacionales que reconocen el derecho de acceso a la información pública, la Constitución, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, como en una consolidada jurisprudencia de la Corte Interamericana y el Tribunal Constitucional.
La demanda de inconstitucionalidad también cuestiona la norma por la forma, ya que considera que el Poder Ejecutivo no se encontraba facultado para legislar sobre los límites del derecho de acceso a la información pública, sino únicamente sobre la creación de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional y modificaciones orgánicas para adecuar esta nueva dependencia al Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. Por lo demás, la Defensoría del Pueblo considera que el Poder Ejecutivo no se encuentra facultado constitucionalmente para legislar sobre los límites a los derechos fundamentales como el derecho de acceso a la información pública.  
El IPYS considera oportuno recordar que el secretismo en el ámbito castrense no sólo vulnera el derecho de acceso a la información pública, sino que constituye un mecanismo que favorece prácticas de corrupción, por lo que valora positivamente la demanda de la Defensoría del Pueblo para que el Tribunal Constitucional expulse la referida norma del ordenamiento jurídico; y se compromete a apoyarla en las instancias correspondientes.
Ver la demanda completa aquí Ver la demanda completa aquí

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